
Las pruebas bajo examen.
Las sanciones automatizadas vuelven a plantear preguntas sobre sus pruebas. Algunas resoluciones judiciales han dado la razón a conductores que recurrieron.
Los expedientes afectan a incorporaciones vigiladas mediante cámaras. El sistema busca detectar vehículos que acceden a la vía principal atravesando una línea continua.
Dos cámaras sincronizadas fotografían posiciones distintas del coche. La controversia surge cuando ninguna imagen muestra directamente el cruce de la marca vial.

Un recurso estimado en Madrid.
En esos casos, algunos jueces consideran insuficiente reconstruir la maniobra únicamente a partir de las fotografías para acreditar la infracción.
Uno de los casos descritos ocurrió el 28 de enero de 2025, en el kilómetro 20,2 de la A-6, en Las Rozas.
La sanción ascendía a 200 euros. Tras el recurso, un juzgado madrileño la anuló por considerar que las imágenes no demostraban suficientemente el cruce.

El alcance de las anulaciones.
La homologación de una cámara no convierte cada fotografía en prueba concluyente. También debe valorarse lo que acredita el expediente concreto.
Estas decisiones no eliminan todas las sanciones similares. La suficiencia de las pruebas resulta decisiva; no existe una anulación automática por utilizar cámaras.
