Giro radical de la DGT: Nuevas normas para adelantar a los ciclistas «a partir de ahora tendrás que bajar…»

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Nuevas reglas que cambiarán algunas situaciones habituales al volante.

La normativa de tráfico afronta una nueva etapa con varios cambios que comenzarán a aplicarse en las carreteras españolas durante los próximos meses. Las modificaciones afectan tanto a quienes conducen vehículos a motor como a ciclistas y otros usuarios de la vía. Entre las novedades figuran nuevas condiciones para realizar determinadas maniobras y una forma distinta de organizar el tráfico cuando se producen retenciones. El objetivo general recogido en la reforma es reforzar la seguridad y adaptar las normas a las nuevas formas de movilidad.

Las novedades forman parte del Real Decreto 518/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado mes de junio. La norma modifica distintos artículos del Reglamento General de Circulación y fija el 1 de octubre de 2026 como fecha general para su entrada en vigor. Por tanto, los conductores dispondrán de unas reglas diferentes en determinadas circunstancias a partir de esa jornada. El cambio ha despertado interés porque afecta a situaciones que forman parte de la conducción cotidiana.

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Uno de los aspectos que más atención está generando está relacionado con los adelantamientos a bicicletas fuera de poblado. La nueva regulación establece que el vehículo que efectúe la maniobra deberá circular al menos 20 kilómetros por hora por debajo del límite establecido en ese tramo. Además, seguirá siendo necesario mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y, cuando haya más de un carril por sentido, realizar el cambio completo de carril.

Una maniobra que tendrá nuevas condiciones.

La modificación introduce así una referencia de velocidad que deberá tenerse en cuenta antes y durante el adelantamiento. En una carretera limitada a 90 kilómetros por hora, por ejemplo, la velocidad máxima durante esa maniobra será de 70 kilómetros por hora. La norma busca que la diferencia de velocidad entre ambos usuarios sea menor y que la maniobra pueda realizarse con mayores garantías. Esta disposición se aplica a las vías interurbanas.

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Otra de las novedades afecta a las grandes vías cuando una retención hace que los vehículos avancen muy despacio o permanezcan detenidos. En esas circunstancias, los conductores tendrán que colocarse de manera que quede libre un espacio destinado al paso de los vehículos prioritarios. Ese espacio recibe en la normativa la denominación de carril de emergencia. La obligación se aplicará en autopistas y autovías cuando se produzca la situación prevista por el reglamento.

La posición de los vehículos dependerá del número de carriles disponibles en cada sentido. Cuando haya dos, el espacio libre deberá quedar en la zona central, mientras que en las vías con tres o más carriles se habilitará entre el carril situado más a la izquierda y el inmediatamente contiguo. Los vehículos del carril izquierdo deberán desplazarse hacia ese lado, mientras que los restantes tendrán que aproximarse hacia la derecha. De esta manera, el paso reservado quedará preparado sin necesidad de esperar a que aparezca un vehículo prioritario.

Una reforma con más cambios previstos.

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La reforma no se limita a estas dos situaciones y también introduce modificaciones relacionadas con bicicletas, motocicletas, ciclomotores y vehículos de movilidad personal. Entre otras cuestiones, establece nuevas obligaciones de protección para determinados usuarios y cambia algunas reglas de circulación en zonas urbanas. También incorpora disposiciones sobre la circulación de bicicletas por los carriles, la distancia respecto a otros vehículos y determinadas posibilidades de transporte de pasajeros y carga.

No todas las novedades tendrán efecto exactamente al mismo tiempo. El propio real decreto establece un periodo transitorio para algunas de sus disposiciones, entre ellas la obligación de utilizar durante el día el alumbrado en los vehículos de movilidad personal, que comenzará a exigirse un año después de la entrada en vigor de la norma. También quedan pendientes de desarrollo mediante una orden ministerial las características técnicas de determinados guantes de protección. Por ello, conviene distinguir entre las medidas que comenzarán a aplicarse el 1 de octubre y aquellas que tendrán un calendario posterior.

La llegada de estos cambios ha provocado numerosas reacciones entre conductores y usuarios habituales de las carreteras, especialmente por las nuevas condiciones de los adelantamientos y por la obligación de crear el espacio de emergencia durante las retenciones. En redes sociales se han multiplicado los comentarios, las dudas y los ejemplos sobre cómo deberán actuar los vehículos en cada situación. Buena parte de la conversación gira en torno a la aplicación práctica de unas reglas que modificarán comportamientos muy habituales al volante.

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