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La DGT cambia las normas: A partir de ahora el copiloto debe cumplir las normas de alcohol y drogas si se dan estas condiciones

La Unión Europea abre la puerta a conducir con 17 años y obliga a España a cambiar sus normas

La normativa sobre la obtención del permiso de conducir en Europa se prepara para vivir una de sus transformaciones más importantes de los últimos años. A comienzos de 2026, la Unión Europea aprobó una modificación del artículo 17 de la Directiva Europea 2025/2205 que permitirá a los jóvenes de 17 años acceder al permiso de conducción de la clase B. Esta decisión supone un cambio significativo respecto al modelo tradicional, en el que la mayoría de edad era un requisito indispensable para conducir un turismo sin restricciones. Ahora, la Dirección General de Tráfico (DGT) deberá adaptar el reglamento español para incorporar esta medida y definir las condiciones concretas bajo las que podrá aplicarse en nuestro país.

Conducir antes de los 18 años será posible, pero bajo estricta supervisión

La nueva regulación europea no concede una libertad total a los conductores de 17 años. La posibilidad de obtener el carné antes de alcanzar la mayoría de edad llega acompañada de importantes limitaciones destinadas a garantizar la seguridad vial. La principal de ellas es que el joven conductor deberá circular siempre junto a una persona con experiencia al volante. Este acompañante no podrá ser cualquier adulto, ya que la norma establece requisitos muy concretos para poder ejercer esa función de supervisión.

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Según las condiciones fijadas por la Unión Europea, el acompañante deberá tener al menos 24 años o ser titular de un permiso de conducción equivalente al del conductor al que supervisa, expedido dentro de la Unión Europea y obtenido con una antigüedad superior a cinco años. Además, la persona encargada de acompañar al menor no podrá haber sido privada del derecho a conducir durante los cinco años anteriores en el Estado miembro que expidió su permiso. La intención es garantizar que quien supervise al joven conductor cuente con experiencia suficiente y un historial adecuado al volante.

El acompañante deja de ser un simple pasajero

Uno de los aspectos más novedosos de esta reforma es el papel que asumirá el acompañante. Hasta ahora, la legislación apenas imponía obligaciones específicas al copiloto, más allá de evitar conductas que pudieran distraer o dificultar la conducción. Sin embargo, la nueva normativa cambia por completo esta situación y convierte al acompañante en una figura activa dentro del proceso de aprendizaje y supervisión.

Durante los desplazamientos, esta persona deberá estar en condiciones de orientar al conductor de 17 años, ofrecer indicaciones y actuar como apoyo en situaciones que requieran experiencia o criterio. En la práctica, su función se acercará a la de un supervisor responsable de velar por que el joven respete las normas de circulación y adopte una conducción segura. Estas obligaciones se mantendrán mientras el conductor siga siendo menor de edad y desaparecerán cuando cumpla los 18 años.

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Alcohol y drogas: las exigencias también alcanzan al copiloto

La reforma introduce otra novedad que está llamada a generar debate. A partir de la entrada en vigor de estas medidas, el acompañante no solo tendrá responsabilidades de supervisión, sino que también deberá cumplir determinadas exigencias relacionadas con el consumo de alcohol y drogas. Las autoridades de tráfico podrán requerirle que se someta a controles de alcoholemia o detección de sustancias estupefacientes cuando lo consideren necesario.

Esto supone una ruptura con la situación actual, donde las pruebas de alcohol y drogas se centran principalmente en los conductores. Con la nueva regulación, la persona encargada de supervisar al menor también deberá demostrar que se encuentra en condiciones adecuadas para desempeñar esa labor. La filosofía de la norma es clara: quien asume la responsabilidad de guiar a un conductor inexperto debe encontrarse plenamente capacitado para ello.

En el caso de España, la legislación vigente fija una tasa máxima de alcohol de 0,25 miligramos por litro de aire espirado o 0,50 gramos por litro de sangre para la mayoría de conductores. En materia de drogas, la normativa española mantiene una política de tolerancia cero, por lo que la presencia de sustancias prohibidas puede dar lugar a sanciones. Estas mismas referencias serán especialmente relevantes para quienes ejerzan como acompañantes de los nuevos conductores de 17 años.

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Una adaptación obligatoria para todos los países de la Unión Europea

Aunque la modificación ya ha sido aprobada a nivel comunitario, su aplicación práctica no será inmediata en todos los Estados miembros. Como ocurre con otras directivas europeas, cada país dispone de un periodo de adaptación para incorporar las nuevas disposiciones a su legislación nacional. Esto significa que la posibilidad de obtener el permiso de conducción a los 17 años todavía requerirá cambios normativos internos antes de hacerse efectiva de forma generalizada.

En el caso de España, la DGT deberá revisar y modificar el reglamento correspondiente para incluir tanto la obtención anticipada del permiso como todas las obligaciones asociadas al sistema de conducción acompañada. El proceso requerirá ajustes legales y administrativos que permitan encajar la nueva figura dentro del marco regulatorio español.

La fecha clave que marcará el futuro de miles de jóvenes conductores

La Unión Europea ha establecido un calendario concreto para que los Estados miembros completen la transposición de la norma. España tendrá de plazo hasta el 26 de noviembre de 2028 para incorporar oficialmente estos cambios a su legislación. Hasta entonces, las autoridades deberán definir cómo se aplicarán los requisitos, los mecanismos de supervisión y los procedimientos de control que afectarán tanto a los jóvenes conductores como a sus acompañantes.

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Si se cumplen los plazos previstos, miles de jóvenes podrán acceder al carné de conducir un año antes de lo que ocurre actualmente, aunque siempre bajo la vigilancia de un conductor experimentado y con un régimen de responsabilidades mucho más exigente para quienes ocupen el asiento del copiloto.